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de hacer un cambio a la ley agraria que nos  que se relacionaban con la propiedad es
                  rige actualmente, en donde en su iniciativa  condición necesaria pero con eso no basta,
                  Monreal (2018, pág.2) señala que en…  no era de calidad ni eficaz, ya que los
                                                       ejidatarios, comunidades, campesinos eran
                  “El 6 de enero de 1992 se publicó en el
                                                       de los sectores menos protegidos y con
                  Diario Oficial de la Federación el decreto
                                                       más pobreza entre sus familias, entonces
                  de reformas y adiciones al artículo 27
                                                       se concluía que aunque las leyes y derechos
                  constitucional, que en materia agraria
                                                       estaban para garantizar el bienestar de los
                  dio fin al reparto agrario, elevo a rango
                                                       campesinos, pues no era el caso.
                  constitucional la propiedad ejidal y
                  comunal y regulo la libre asociación de  Finalmente, con la iniciativa y la creación
                  ejidos, comunidades y de sus integrantes  de la nueva ley de desarrollo agrario
                  entre sí, con el con particulares; la asamblea,  no solo se protegerá a los campesinos,
                  como Órgano Supremo del ejido, puede  sino también a las personas indígenas
                  autorizar la adopción del dominio pleno de  otorgándoles la propiedad de donde se
                  las parcelas. El presidente de la República  establecen sus comunidades, se tendrá que
                  dejo de la máxima autoridad agraria, dando  hacer previamente un peritaje de estudios
                  paso a los tribunales agrarios como órganos  arqueológicos para saber el estado de cada
                  autonomía jurisdiccional para dictar sus  comunidad indígena, pero el fin de esto es
                  fallos. También se creó una institución  darles más personalidad para la realización
                  defensa de los derechos de los ejidatarios y  de sus actividades y dar una imagen real de
                  comuneros: la Procuraduría Agraria.”  lo que los hace ser indígenas.

                  Entrando en contexto sobre cómo se fue  También  se  establecerá conforme  lo
                  realizando los actos utilizando la ley agraria  expresó el Informe de la Relatora Especial
                  y los tribunales que se establecieron en varias  sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
                  partes del territorio mexicano, en los últimos  de la ONU,(2018)…“la SEDATU se
                  25 años se daba una solución a los conflictos  abstendrá de titularlos y, en cambio, les
                  agrarios que estaban rezagados.      brindará asesoramiento para solicitar su
                                                       reconocimiento como propiedad ancestral
                  Sin embargo, aunque se dieron las
                                                       ante el Tribunal Agrario”
                  herramientas e instrumentos para favorecer
                  a la rapidez de los problemas existentes sobre  Pero considero que lo más importante es
                  las tierras, los ejidos, el uso común, etc., no  que se podrá realizar la celebración de un
                  fue suficiente ya que la regulación de los  contrato sobre el uso del usufructo de las
                  derechos que están previstos, los derechos  áreas comunes de los ejidos, esto regulado en
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                                                     la tribuna . escuela de derecho . octubre 2019
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