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¿JUSTICIA PENAL PARA

         ADOLESCENTES?


                              Andrea Ramírez Cornejo
                                   Derecho Penal III
                                   Quinto semestre

         El término “niños” se usa en el mundo para  acoplándose a sus derechos y necesidades, ya
          designar a las personas menores de 18 años  que estamos hablando de personas que aún
          de edad, aunque la acepción “adolescentes”  no tienen capacidad de ejercicio. (Ramírez,
          que se usa en México es enteramente  2016, P, 38).
          correcta, aplicándose a personas en desarrollo
                                              Cabe mencionar que en nuestro país había
          de entre los 12 y menos de 18 años, siendo
                                              regido un sistema penal tutelar, que partía
          los menores de doce denominados niños.
                                              de que una persona menor de edad no podía
         (Vázquez, N/A, P, 1).
                                              delinquir.
          Cuando hablamos de justicia en adolescentes,
                                              Es por ello que el país se ve en un estado de
          se aterriza a la realidad, es decir que
                                              necesidad y tiene que adoptar una posición
          problemas como violencia y delincuencia,
                                              de protección.
          forman parte de una problemática social
          común, ya que encierra a toda la sociedad,
                                              Es entonces que surge la Ley Nacional
          sin distinguir edad o nivel socioeconómico.
                                              del Sistema Integral de Justicia Penal para
                                              Adolescentes, la cual es aplicable en todo el
         Evidentemente ahora que este problema
                                              país a quienes se les atribuya la realización
          que está repercutiendo especialmente en
                                              de una conducta que se encuentre tipificada
          grupos en situación más vulnerable, y no se
                                              como delito por las leyes penales y, en su
          puede dejarlos expuestos a factores de riesgo
                                              caso, leyes especiales, y se encuentren en el
          en cuanto a su protección y defensa, y pues
                                              rango de edad de entre 12 años cumplidos y
          este es el caso de los menores que entran
                                              menos de 18. Esta ley garantiza los Derechos
          en contacto con un sistema de justicia, que
                                              Humanos reconocidos por la Constitución
          evidentemente requiere de mayor adaptación
                                              Política de los Estados Unidos Mexicanos
          a las características de los adolescentes, y
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