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sobre el estatuto de los refugiados, el cual se Federación (D.O.F) el 27 de enero de 2011,

crea con el fin de dar certeza sobre quien como parte de las reformas hechas en mate-

es considerado en el ámbito internacional ria de Derechos Humanos a fin de adaptar

un refugiado, definir la situación del mismo nuestra legislación al Derecho Internacional

en el país que lo alberga respecto de sus de que México es parte; dicha ley tiene por

derechos y obligaciones, así como las de los objeto separar la materia sobre refugiados de

estados parte, mientras que su objetivo es la legislación de migración, esto en virtud de

darle la mayor protección a las personas que que el Senado en la exposición de motivos

se ven obligadas a abandonar su país y entrar correspondiente manifiesta que es de gran

a otro en calidad de refugiados.  necesidad crear una política migratoria que

                                                       abarque la complejidad y múltiples dimen-
El estado mexicano no fue parte negociadora siones de este fenómeno y de esta forma
de la convención antes mencionada si no facilitar los flujos de personas documentados
que en Junio del año 2000 mediante escrito que complementan los esfuerzos de la po-
de adhesión entregado al secretario de las blación mexicana en el impulso al desarrollo
Naciones Unidas y su posterior promulga- económico, social y cultural del país.
ción en el Diario Oficial de la Federación,

se convierte en sujeto de los derechos pero Asimismo crea un comité especial, el cual

sobre todo de las obligaciones que establece, se encuentra integrado por Secretaría de

siendo así que en el documento previamente Gobernación y Secretaría de Relaciones

referido se establece que los Estados partes Exteriores, con el objetivo de que sea este

deberán adoptar las medidas y mecanismos quien lleve a cabo el procedimiento para

que consideren necesarios para dar cumpli- otorgar la calidad de refugiado en nuestro

miento a las disposiciones que en se estable- país, sin embargo la ley mencionada con

cen y así proteger a este grupo vulnerable que anterioridad crea figuras como la protec-

son los refugiados.               ción complementaria, el retorno asistido o

                                  asociaciones de ayuda supervisadas por las
Por su parte México en cumplimiento de autoridades migratoria con la finalidad de no
dicha obligación ha creado algunos instru- dejar en un estado de inseguridad y despro-
mentos legales, mismos como:
                                  tección a aquellos que aún no reciben o no

La Ley Sobre Refugiados y Protección recibieron dicha condición o simplemente se
Complementaria, la cual fue aprobada por encuentran de paso por el territorio nacional.

              el H. Congreso de la unión en Diciembre del Existe también en un organismo denomi-
              2010 y publicada en el Diario Oficial de la
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                                  la tribuna . escuela de derecho . noviembre 2016
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