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integran la copropiedad aporten para la                            dichos actos, y muchas veces la negativa
administración de la cosa, sin la mayo-                            a tal acto es simplemente porque existe
ría de las personas o de intereses, dicha                          la intención de molestar a las personas.
administración no se puede llevar acabo
y, por lo tanto, no se pueden realizar los                         Por otra parte, los copropietarios de la
actos de conservación y uso de la cosa                             cosa o derecho patrimonial, no pueden
misma3 (Código Civil para el Estado de                             vender su parte alícuota a una tercera per-
Guanajuato, Artículo 939)                                          sona sin antes haberle dado preferencia
                                                                   a los demás copropietarios, puesto que
La relación que existe entre las personas                          cada uno tiene a su favor el Derecho de
copropietarias, cada día se vuelven más                            Tanto.
difíciles, puesto que el mundo actual suele
ser muy egoísta y olvidan el respeto que                           Las personas en la actualidad, poco saben
se tienen que tener las personas, unas                             qué son las copropiedades y como se
con las otras; Dentro de una copropiedad,                          manejan, y en una idea genérica creen que
resulta muy difícil llegar a un acuerdo para                       es la manera más sencilla y cómoda de
vivir bajo la indivisión, que claro, nadie                         manejar un bien o un derecho, pero resulta
está obligado a vivir así, pero de igual forma                     que los problemas que pueden surgir a
los problemas subsisten.
                                                                   falta de la responsabilidad de los copropie-
Otra de las razones por las cuales surgen                          tarios son muchos, pero gracias al Código
los problemas entre los copropietarios,                            Civil de Guanajuato, se determinan dis-
es en cuanto al dominio que quieren ejer-                          posiciones normativas que permiten a los
cer, puesto que este poder se encuentra                            copropietarios a obligar a los demás parti-
limitado, ya que se rige bajo uno de los                           cipes a aportar con los gastos, o al menos
principios que son aplicables para la                              si lo establece el mismo código en el ar-
copropiedad, el cual establece que “Todo                           tículo 936, el cual determina que “Todo
acto de dominio solamente es válido si se                          copropietario tiene derecho para obligar a
lleva a cabo con el consentimiento unánime                         los partícipes a contribuir a los gastos de
de todos los copropietarios”4. Basta con                           conservación de la cosa o derecho común
que una de las partes no se encuentre de                           [...]” 6, al igual que existen disposiciones
acuerdo para que no se puedan ejercer                              normativas que regulan las relaciones
                                                                   entre copropietarios y prevén la manera de
3?	 CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO                             disolver la copropiedad si esta no funciona.
LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO. (2016). Código Civil para
el Estado de Guanajuato.                                                                                         49
Extraído de: http://www.congresogto.gob.mx/uploads/codigo/pdf/6/C
digo Civil para el Estado de Guanajuato P.O. 01Jul2016.pdf
4?	 GALEON. Bienes, Derechos Reales Y Sucesiones. Extraído
de:
http://iure0.galeon.com/aficiones1583782.html
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