Page 32 - marzo 2017
P. 32
EL DERECHO AGRARIO
Diego Rodríguez Razo, 6º. semestre.
Derecho Agrario
El derecho agrario, el derecho rural, el dere- do a la protección de un grupo de población
cho agropecuario, ejido, ejidatario, latifun- en específico, va dirigido a regular a estas
dio, probablemente la mayoría de nosotros personas a sus intereses y sus relaciones
hemos llegado a escuchar vagamente estos jurídicas, las cuales en este caso se refieren
términos, quizá incluso tenemos una noción a los campesinos así como a las diversas
de lo que significan, pero, ¿En realidad co- actividades agropecuarias.Cabe mencionar
nocemos la naturaleza, la historia, el alcance que el derecho agrario tiene su sustento legal
y sobre todo la importancia del Derecho en la Carta Magna de 1917 denotando su
Agrario? importancia al encontrarse plasmado en
nuestro máximo sustento legal.
Para comenzar quisiera definir esta rama
del derecho ya mencionada para situarnos Para poder denotar la trascendencia de esta
en un contexto entendible, el derecho agrario materia es necesario situarnos en la época
según el tratadista argentino Raúl Mugabura revolucionaria, en la cual las tierras estaban
es: “El conjunto autónomo de preceptos concentradas en un porcentaje muy pequeño
jurídicos que recaen sobre las relaciones de personas los cuales controlaban absoluta-
emergentes de toda explotación agropecuaria mente todo el campo, dejando a los peones y
establecidas con el fin principal de garantizar a las personas que basaban su subsistencia en
los intereses de los individuos y de la colec- la agricultura y en actividades agropecuarias
tividad derivados de aquellas explotaciones” en un total estado de indefensión, sometidos
(Mugabura, 1933) a explotación laboral, a malos sueldos, a hu-
millaciones y tratos inhumanos.
Una característica del ya mencionado dere-
cho agrario es que pertenece a la clasificación Simplemente pensemos en la fuerza que
del derecho social es decir que va encamina- tuvo el sector campesino en la revolución
32
la tribuna . escuela de derecho . marzo 2017