Page 56 - marzo 2017
P. 56
REFORMA AL ARTÍCULO 13
DE LA LEY AGRARIA
José Francisco Ruiz Rodríguez , 6º. Semestre
Derecho Agrario
La corrupción es uno de los grandes males que nos menciona el articulo precedente,
de las sociedades y México no es la excep- ahora bien, se necesita el reconocimiento
ción, en virtud de ello es que explicaremos de la asamblea cuestión que tiene su razón
porque se debe modificar el artículo referido de ser, porque existe una protección a la
en supra líneas y una propuesta de cómo figura ejidal y un respeto a su autonomía.
debería de quedar dicha disposición. Sin embargo, el problema que percibimos
Primero veremos con claridad que es lo que es que no establece la ley con que votación
establece este artículo agrario subrayando la se deba nombrar, no dice si deba ser unánime,
parte que pensamos debe ser modificada. mayoría calificada o simple. Si el reglamento
interior del ejido establece que se requiere
Artículo 13 de la Ley Agraria: mayoría unánime podría haber un abuso
a los derechos de quienes desean adquirir
“Los avecindados del ejido, para los efectos esta calidad, o si llegan a solicitar dinero a
de esta ley, son aquellos mexicanos mayores cambio del voto, estaríamos en presencia de
de edad que han residido por un año o más un problema de corrupción.
en las tierras del núcleo de población ejidal Por eso será adecuado que la ley establezca
y que han sido reconocidos como tales una votación calificada o de mayoría simple
por la asamblea ejidal o el tribunal agrario para erradicar esta problemática y fortalecer
competente. Los avecindados gozan de los el ejido con personas que sí quieran trabajar
derechos que esta ley les confiere.” esta tierra y no se les impida de manera
Para que una persona pueda ser considerada arbitraria o se preste a la corrupción.
como avecindado debe reunir las cualidades
56
la tribuna . escuela de derecho . marzo 2017