Page 7 - latribuna oct 19
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derecho fundamental de la libertad de trabajo
          de acuerdo con el artículo 5to constitucional
          que plasma que “a ninguna persona se le
          puede impedir que se dedique a alguna
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          profesión, industria, comercio…,” pero
          realmente todo derecho tiene sus limitantes,
          como este derecho a la libertad del trabajo,
          la cual sería que toda actividad por realizar
          sea lícita y contribuya al bienestar nacional,
          como lo establece el artículo 31 fracción
         IV de la Constitución Federal; ahora bien,
          la actividad puede no estar prohibida
          pero sí estar sujeta a ciertas regulaciones
          administrativas, en la cual es casi nula la
          observancia de la autoridad administrativa
         (SAT) en el comercio electrónico causando
          que la falta de regulación en el comercio
          electrónico transgreda o vulnere los derechos
          de todas aquellas personas que están
          debidamente constituidas, incluso, causando
          una competencia desleal.











         4 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, articulo 5.
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