Page 50 - marzo 2017
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X.	 El resultado típico se produce por III.	 Son causas de inculpabilidad: el

    caso fortuito.                                   error de prohibición invencible, el estado de

                                                           necesidad disculpante, la inimputabilidad, y
    Y el actual artículo 405 del CNPP hace la inexigibilidad de otra conducta.
    referencia a:

    Artículo 405. Sentencia absolutoria              De ser el caso, el Tribunal de enjuiciamiento
                                                     también podrá tomar como referencia que

    En la sentencia absolutoria, el Tribunal de      el error de prohibición vencible solamente
    enjuiciamiento ordenará que se tome nota         atenúa la culpabilidad y con ello atenúa tam-
    del levantamiento de las medidas cautelares,     bién la pena, dejando subsistente la presencia
    en todo índice o registro público y policial     del dolo, igual como ocurre en los casos de
    en el que figuren, y será ejecutable inmedia-    exceso de legítima defensa e imputabilidad
    tamente.                                         disminuida.

    En su sentencia absolutoria el Tribunal de Por lo que para la debida armonización
    enjuiciamiento determinará la causa de ex- del CPGTO con el CNPP, se propone la
    clusión del delito, para lo cual podrá tomar reforma del artículo 33 del CPGTO que al
    como referencia, en su caso, las causas de ser fusionado con el artículo 405 del CNPP,
    atipicidad, de justificación o inculpabilidad, quedaría de la siguiente manera:

    bajo los rubros siguientes:                      “Artículo 33. Causas de exclusión

    I.	 Son causas de atipicidad: la ausen- El delito se excluye cuando:
    cia de voluntad o de conducta, la falta de

    alguno de los elementos del tipo penal, el Apartado A. Son causas de atipicidad:

    consentimiento de la víctima que recaiga
    sobre algún bien jurídico disponible, el I La Ausencia de voluntad o de conducta,
    error de tipo vencible que recaiga sobre se da cuando la actividad o la inactividad se
    algún elemento del tipo penal que no admita, realice sin intervención de la voluntad del
    de acuerdo con el catálogo de delitos sus- agente.;

    ceptibles de configurarse de forma culposa       II La falta de alguno de los elementos del
    previsto en la legislación penal aplicable, así  tipo penal, se da cuando falte alguno de los
    como el error de tipo invencible;                elementos que integran la descripción legal

    II.	 Son causas de justificación: el con- del delito de que se trate;

    sentimiento presunto, la legítima defensa, el III El consentimiento del titular que recai-
    estado de necesidad justificante, el ejercicio ga sobre bienes jurídicos disponibles, se da
    de un derecho y el cumplimiento de un deber,

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                                                     la tribuna . escuela de derecho . marzo 2017
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