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Reglamento
Lineamientos y Procedimientos para la obtenci?n de grado PDF Print E-mail
Fecha de edición ( 2009-03-02 20:20:43)

Lineamientos y Procedimientos para la obtención de grado...

Universidad Latina de México

 

LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA

OBTENCION DE GRADO (TITULACION) DE LICENCIATURA

 

 

El presente documento tiene su origen en el Capítulo IV, Arts.  29, 30, 36, 37 y 38 del Reglamento de Evaluaciones de los Alumnos.

 

1.- Opciones de Titulación.

 

1.1. Los alumnos pasantes de cualquiera de los programas de educación superior que hayan cumplido con lo señalado en las fracciones I y II del Art. 30 del Reglamento de Evaluaciones de los Alumnos, podrán dirigirse ante la Coordinación Académica de la Escuela o Facultad correspondiente para comunicar la opción de titulación que hayan elegido; obtengan la autorización, se les asigne Asesor, y se les indique las actividades que tendrán que realizar a fin de obtener el grado.

 

1.2. Tesis:

1.2.1.        La Tesis es un trabajo de titulación eminentemente teórico y/o experimental realizado con una metodología científica y recurriendo a una diversidad de fuentes; deberá ser una síntesis personal y que de preferencia no redunde sobre los contenidos de tesis similares o trabajos publicados; conteniendo una proposición probadamente original, la metodología y procedimientos que serán utilizados para su desarrollo, así como los elementos necesarios para su análisis.

1.2.2.        La conceptualización e instrumentación serán fijados por las Juntas Académicas de cada Escuela o Facultad, a través de la Comisión formada específicamente para este objeto.

1.2.3.        La tesis podrá ser individual o colectiva (máximo 3 integrantes), y el enfoque podrá ser disciplinario o multidisciplinario.

1.2.4.        La Tesis tendrá como mínimo los siguientes elementos:

a.       De identificación

a.1.   Nombre de la Institución

a.2.  Título de la Tésis

a.3.   Nombre del programa académico

a.4.   Nombre de o los sustentantes

a.5.   Nombre del Asesor

a.6.   Número de acuerdo de validez oficial de estudios del programa académico correspondiente

a.7.   Ciudad, mes y año de presentación de la tesis

b.        De contenido

b.1.   Indice del contenido del trabajo desarrollado

b.2.   Justificación

b.3.   Objetivos

b.4.   Metodología empleada

b.5.   Desarrollo

b.6.   Conclusiones

b.7.   Bibliografía y anexos.

1.2.5.        El o los sustentantes deberán presentar una réplica oral individual de la misma en un examen recepcional ante un Jurado. El Examen Recepcional versará sobre el contenido de la Tesis, y su relación con los conocimientos generales de la disciplina.

 

1.3. Reporte de Experiencia profesional:

1.3.1.        Versará sobre la experiencia laboral del pasante,  a través del reporte deberá demostrar el logro e integración de los aprendizajes generales del currículo de estudios del programa de que se trate y sus aplicaciones.

1.3.2.        El pasante deberá haberse desempeñado laboralmente en el área del conocimiento de que se trate, cuando menos durante dos años y no más de tres años.

1.3.3.        Para optar por esta vía, el pasante deberá tener  la autorización expresa para ejercer de la Dirección General de Profesiones.

1.3.4.        El informe deberá ser individual y deberá estar avalado por el organismo, institución o empresa donde se realizaron las actividades.

1.3.5.        La estructura del informe deberá tener al menos los siguientes elementos:

a.        De identificación

a.1.   Nombre de la Institución

a.2.  Título del Tema del Informe

a.3.   Nombre del programa académico

a.4.   Nombre de o los sustentantes

a.5.   Número de acuerdo de validez oficial de estudios del programa académico correspondiente

a.6.   Ciudad, mes y año de presentación de la tesis

b.        De contenido

b.1.   Indice del contenido del trabajo desarrollado

b.2.   Justificación

b.3.   Descripción del problema o situación abordada

b.4.   Descripción y fundamentación de las acciones realizadas.

b.5.   Métodos y recursos empleados

b.6.   Objetivos alcanzados

b.7.   Conclusiones y recomendaciones.

b.8.   Bibliografía y anexos.

1.3.6.        La Junta Académica a través de la Comisión de titulación dictaminará y avalará el informe presentado.

1.3.7.        El o los sustentantes deberán presentar una réplica oral individual de la misma en un Examen Recepcional ante un Jurado. El Examen Recepcional versará sobre el contenido del informe y su relación con los conocimientos generales de la disciplina.

 

1.4. Informe sobre el Servicio Social Profesional:

1.4.1.        El informe consistirá en un reporte final del Servicio Social Profesional, y en el transcurso de la prestación del mismo se aplicarán los principios, habilidades y conocimientos adquiridos durante la carrera, teniendo como objetivo elevar la calidad de vida de algún sector de los habitantes menos favorecidos de la sociedad, por medio del ejercicio de su disciplina. El servicio se deberá realizar conforme a la reglamentación correspondiente.

1.4.2.        Durante el servicio se deberá contribuir al análisis y solución de un problema específico, así como a la obtención de un beneficio social.

1.4.3.        El informe del Servicio Social podrá ser individual o colectivo (máximo 3 integrantes), y el enfoque podrá ser disciplinario o multidisciplinario.

1.4.4.        La estructura del informe deberá tener al menos los siguientes elementos:

a  De identificación

a.1.   Nombre de la Institución

a.2.  Título del Tema del Informe

a.3.   Nombre del programa académico

a.4.   Nombre de o los sustentantes

a.5.   Nombre del o los asesores

a.6.   Número de acuerdo de validez oficial de estudios del programa académico correspondiente

a.7.   Ciudad, mes y año de presentación de la tesis

b. De contenido

b.1.   Indice del contenido del trabajo desarrollado

b.2.   Objetivos del proyecto

b.3.   Descripción del problema o situación abordada

b.4.   Descripción y fundamentación de las acciones realizadas.

b.5.   Métodos y recursos empleados

b.6.   Objetivos alcanzados y beneficios logrados.

b.7.   Conclusiones y recomendaciones.

b.8.   Bibliografía y anexos.

1.4.5.        La Junta Académica a través de la Comisión de titulación dictaminará y avalará el informe presentado.

1.4.6.        El o los sustentantes deberán presentar una réplica oral e individual de la misma en un Examen Recepcional ante un Jurado. El Examen Recepcional versará sobre el contenido del informe y su relación con los conocimientos generales de la disciplina.

 

1.5. Examen General de Calidad Profesional

1.5.1.        El Examen General de Calidad Profesional, es el examen nacional que aplica el CENEVAL a los egresados de licenciatura (EGEL), ya sea con fines de titulación o bien por un titulado para obtener el reconocimiento.

1.5.2.        El propósito del examen general de calidad profesional es el de medir y evaluar los conocimientos y habilidades de la formación académica y profesional de los egresados de una licenciatura en particular.

1.5.3.        Podrán optar por esta vía de titulación los egresados recientes (hasta tres años), de las licenciaturas.

1.5.4.        Esta opción consta de dos partes, la parte escrita, que podrá ser aplicada por el CENEVAL y la parte oral que deberá ser presentada en la Universidad ante un jurado.

1.5.5.        El alumno que no apruebe el examen escrito no podrá sustentar el examen oral y deberá presentar nuevamente el examen escrito u optar por otra vía.

1.5.6.        Cuando el alumno haya presentado el Examen del CENEVAL, deberá presentar los documentos expedidos por éste, que demuestren que obtuvo como mínimo el 60% de aciertos, lo cual se acreditará como equivalente a la parte escrita del Examen Profesional.

1.5.7.        Las características del examen oral deberán ser determinadas por la Junta Académica de la Escuela o Facultad de que se trate, a través de la Comisión de Titulación.

1.5.8.        El sustentante deberá presentar la parte oral del examen en un Examen Recepcional ante un Jurado.

 

1.6. Examen General de Conocimientos:

1.6.1.        El propósito del examen general de conocimientos es el de medir y evaluar los conocimientos y habilidades de la formación académica y profesional de los egresados de la licenciatura de que se trate.

1.6.2.        La Junta Académica de cada Escuela o Facultad, a través de la Comisión de Titulación, elaborará una guía así como los instrumentos para la realización del examen. Tanto la guía como los instrumentos deberán ser actualizados anualmente.

1.6.3.        El examen constará de dos partes una parte escrita y una parte oral, y ambas serán sustentadas ante un Jurado en un Examen Recepcional.

 

1.7. Estudios de Posgrado

1.7.1.        Para optar por esta vía de titulación, los pasantes deberán cursar al menos 45 créditos de  estudios de Posgrado afines al programa académico de licenciatura cursado, y haber obtenido calificaciones mínimas de 8.0  (ocho).

 

 

 

 

 

 

 

1.7.2.        Los estudios de posgrado que se cursen deberán contar con validez oficial en la República Mexicana, ya sea en una institución particular u oficial.

1.7.3.        La Junta Académica a través de la Comisión de Titulación, avalara la pertinencia de los estudios de posgrado realizados, emitiendo un dictamen al respecto.

1.7.4.        El Rector de la Universidad asignará un Jurado que avalará el dictamen de la Comisión de Titulación asentando el resultado en el Acta de Titulación correspondiente

 

2.- Trámites Administrativos:

2.1.    Podrán realizar trámites administrativos para Titulación aquellos alumnos de cualquiera los programas de educación superior que hayan cumplido con lo señalado en las fracciones I, II, III  del artículo 30 del Reglamento de Evaluaciones de los Alumnos.

2.2.    Los trámites administrativos se llevarán a cabo ante la Oficina de Servicios Escolares de la Universidad, quien a su vez tramitará lo conducente ante la autoridad oficial correspondiente.

2.3.    Para otorgar el oficio de terminación de trámites administrativos, el expediente del alumno deberá tener la documentación completa de acuerdo a los requerimientos establecidos por la autoridad correspondiente.

 

3.- Del Examen Recepcional:

3.1.    El Examen Recepcional es aquel que se presenta con le propósito de titulación u obtención de grado.

3.2.    Solamente podrán presentar Examen Recepcional, aquellos pasantes que hayan cumplido con lo establecido en las fracciones I, II, III del Art. 30 del Reglamento de Evaluaciones de los Alumnos, asi como con los requisitos académicos y administrativos establecidos y que serán comprobados mediante oficio del Asesor y del responsable de Servicios Escolares respectivamente.

3.3.    El Examen Recepcional consistirá de un examen oral presentado en sesión pública ante un Jurado en el lugar y hora señalados por la Dirección Académica de la Universidad. El Jurado estará constituído por un Presidente y dos vocales, designados por la Rectoría de acuerdo a la reglamentación oficial correspondiente. Por cada titular habrá un suplente.

3.4.    El Examen Recepcional versará sobre el contenido del trabajo escrito de titulación o bien sobre la guía, tratándose de la opción de Examen General, al hacer la réplica, los sinodales relacionarán el tema con los conocimientos generales de la disciplina, la capacidad del sustentante para aplicarlos y su criterio disciplinar.

3.5.    Al terminar la réplica, el jurado deliberará a solas y emitirá su veredicto, si el resultado es aprobatorio, el sustentante procederá a rendir protesta ante los miembros del jurado.

3.6.    El resultado del Examen deberá quedar debidamente asentado en el Acta correspondiente.

3.7.    Si el alumno obtuviese un veredicto no aprobatorio, se le concederá otra oportunidad de sustentar el Examen Recepcional no antes de seis meses ni más de un año.

Cuando el Examen sea de excepcional calidad y creatividad, el Jurado podrá otorgar las distinciones previstas en los reglamentos correspondientes.

"AGE QVOD AGIS"

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