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Reglamento
Reglamento de Examen de Admisi?n de Primer Ingreso a la Licenciatura de M?dico Cirujano PDF Print E-mail
Fecha de edición ( 2009-03-02 19:56:27)

Reglamento de Examen de Admisión de Primer Ingreso a la Licenciatura de
Médico Cirujano...

UNIVERSIDAD LATINA DE MÉXICO

ESCUELA DE MEDICINA

 

REGLAMENTO DE ADMISIÓN DE NUEVO INGRESO A LA

LICENCIATURA DE MÉDICO CIRUJANO

 

 

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

 

Art.1.- El presente Reglamento tiene su fundamento en el Reglamento de Evaluaciones de los Alumnos de la ULM y el Reglamento de Admisión de Nuevo Ingreso a la Facultad de Medicina de la Universidad de Guanajuato y regula el Concurso de Admisión a los diferentes planes de estudio de la Escuela de Medicina.

Art.2.- El Concurso de Admisión tiene por objeto avaluar y seleccionar a los postulantes de acuerdo a su aptitud académica, conocimientos y cualidades psicológicas que garanticen mejores logros como estudiantes Universitarios.

Art. 3.- El Proceso de organización, ejecución y evaluación del Concurso de Admisión está a cargo de la Comisión de Admisión, designada por el Rector, la cual está conformada por: el Director Académico, el Coordinador Académico, Dos Maestros de la Escuela de Medicina, el Coordinador de Innovación y Desarrollo Educativo y el Coordinador de Servicios Escolares.

Art. 4.- El Concurso de Admisión se rige estrictamente por un cronograma propuesto por la Comisión de Admisión y autorizado por el Rector.

Art. 5.- Las fases y partes del proceso de Admisión serán autorizados por el Rector y sancionados por la Facultad de Medicina de la Universidad de Guanajuato.

 

TITULO II

DE LAS VACANTES Y MODALIDADES DE INGRESO

 

            Art. 6.- El Coordinador Académico de la Licenciatura en Medicina de la Escuela de Medicina  propone  al Director Académico el número de vacantes disponibles para nuevo ingreso. A decisión del Director Académico y aprobación del Rector de la ULM, se determina el número para admitir.

Art. 7.- El Proceso de Admisión es un sistema de selección de postulantes, de acuerdo a criterios, que son definidos para ingresar a los programas académicos de la Escuela de Medicina.

Art. 8.- Las vacantes se cubren en estricto orden de mérito, se seleccionan aquellos casos que obtienen  las máximas calificaciones en forma global y hasta donde se cumple el número de alumnos a ingresar.

 

 

TITULO III

DE LA INSCRIPCION Y LOS REQUISITOS DEL EXAMEN DE ADMISIÓN

 

Art. 9.- Son admitidos al examen de Admisión, los estudiantes que tienen acreditados sus estudios de bachillerato por una institución educativa legalmente reconocida o que han efectuado la equivalencia correspondiente en el extranjero previa convalidación de estudios ante la SEP y Secretaria de Relaciones Exteriores.

Art. 10.- Los postulantes, que soliciten ingreso de acuerdo al artículo anterior, se someterán a las pruebas del Concurso de Admisión, en la fecha señalada y publicada con anticipación.

Art. 11.- Para inscribirse los postulantes deberán presentar los siguientes documentos:

 

1.- Carta de exposición de motivos dirigida al Director Académico en el formato respectivo indicando claramente la Carrera Profesional a la que postula (identificando sus actitudes morales, emocionales , personales e intereses vocacionales);

2.- Solicitud de ingreso debidamente llenada;

3.- Historia Académica;

4.- Certificado de Estudios de Preparatoria, copia fotostática, o constancia de estudios con calificaciones;

5.- Certificado de Estudios de Secundaria, copia fotostática;

6.- Acta de Nacimiento, original y copia (reciente);

7.- Cuatro fotografías tamaño infantil y dos pasaporte de frente en color;

8.- Comprobante de pago de derechos para examen de admisión.

 

El trámite de inscripción al examen de admisión se realiza en la oficina de Servicios Escolares.

Art. 12.- Los postulantes extranjeros, deberán presentar sus documentos legalizados y oficialmente traducidos. Los Certificados de Estudios deberán ser convalidados por la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Secretaría de Educación Pública.

Art. 13.-  Los postulantes deberán efectuar el pago por derecho de inscripción al examen luego de verificar la conformidad de todos los documentos señalados en los requisitos.

Art. 14.- Una vez evaluados y declarados conformes los documentos, se procederá a la inscripción del postulante otorgándole el respectivo Carné.

Art. 15.- Los alumnos que vengan de otro estado de la República Mexicana, fuera de la entidad podrán participar siempre y cuando: tengan promedio de 9 global de la preparatoria, comprueben que tengan familiares en el Estado o que vaya a radicar su familia en el mismo y obtengan calificación de 8 o más en la evaluación.

Art. 16.- Los datos de su ficha de identificación, historial académico y datos que se vayan generando durante todo su proceso serán consignados en una base de datos para su proceso, la cual estará a resguardo del Director Académico y a la que tendrá acceso el Coordinador de Innovación y Desarrollo Educativo.

 

TITULO IV

DE LA INTEGRACIÓN DE LOS REACTIVOS Y EDICIÓN DEL

EXAMEN DE ADMISIÓN

 

Art. 17.- Los reactivos para las diferentes áreas a ser evaluadas serán solicitados a maestros competentes de la Escuela de Medicina y a maestros de Bachillerato ampliamente reconocidos, se seguirán los lineamientos de los planes de estudio del nivel de bachillerato y el temario que se expide previamente, para observar el nivel de conocimientos que será explorado. El número solicitado serán de 100 preguntas por área.

Art. 18.- Las preguntas serán entregadas al Coordinador de Innovación y Desarrollo Educativo, en tiempo y forma (disquete de 3.5 en archivo Word, con letra arial en número 12, con interlineado sencillo) de acuerdo a la solicitud hecha para tal efecto. Los maestros deberán destruir cualquier respaldo o evidencia de este documento, abogando a su ética a fin de no difundir esta comisión que se le asigna.

Art. 19.- Los reactivos serán revisados y asignados para su aplicación por la Comisión de Admisión. Una vez que fueron seleccionados los reactivos estos serán evaluados por el Director Académico, el cual tiene el derecho de modificarlos y reasignar los que el considere adecuados para tal proceso. Los reactivos serán custodiados por el Director Académico hasta el momento que se manden para su impresión.

Art. 20.- El proceso de impresión se realizará en el área de impresión de la ULM, supervisado por el propio Director Académico o la persona que el designe, observándose que al final de este proceso se destruyan todas las evidencias posibles de su impresión.

Art. 21.- Las pruebas ya impresas serán custodiadas hasta su aplicación por el Director Académico.

 

 

TITULO V

DE LAS PRUEBAS DEL CONCURSO DE ADMISIÓN

 

Art. 22.- La prueba del Concurso de Admisión comprenderá los siguientes aspectos:

 

a)       Conocimientos;

b)       Evaluación Psicométrica;

c)       Exploración de intereses vocacionales, actitudes morales, actitudes emocionales, actitudes personales (carta de exposición de motivos y entrevista).

Art. 23.- En el área de conocimientos, tanto los reactivos como la evaluación, se basan en los contenidos del nivel medio superior en el área propedéutica de Ciencias Naturales y de la Salud de la Universidad de Guanajuato. La evaluación Psicométrica, es seleccionada por el Coordinador de Innovación y Desarrollo Educativo consultando para ello a la Facultad de Psicología de la ULM y tiene valor cualitativo de todo o nada, esto es, si el alumno sale mal evaluado en el psicométrico, se canaliza a entrevista, si también en ella se detecta algún problema de carácter psicológico, será causa suficiente para no ser admitido, si el resultado es normal en los psicométricos no cambia o interfiere en el resultado final.

Art. 24.- Los conocimientos a evaluar se inscriben en un temario que se entrega al aspirante al solicitar la ficha.

Art. 25.- La proporción de preguntas y su valor para la prueba de conocimiento son las siguientes:

 

Biología                                               15%

Ciencias Sociales                                 15%

Español e inglés                                   15%

Física                                                  15%

Matemáticas y estadística                    15%

Química orgánica e inorgánica  15%

Art. 26.- La suma del puntaje ponderado obtenido de la prueba de conocimiento y psicometrica, sirve para establecer el orden de mérito según el cual se adjudica las vacantes a que tiene derecho

 

Pruebas de conocimiento          90%

Antecedentes escolares*           10%

 

Total                                                   100%

 

* Promedio preparatoria:  5%

 

                                                                Fórmula: [0.0225(x – 60) + 0.1] 5

                                                          

                                   Donde x es el promedio en base a 100 puntos.

                                              

*Número de extraordinarios de Preparatoria: 5%

                                   

                                                               Fórmula: [ - ( x / 15) + 1] 5

        

Donde x es el número de extraordinarios con un límite de 15

                         

*Estos dos valores se sumarán a las calificaciones de los exámenes de conocimiento y se sacará la calificación definitiva.

Art. 27.- El concursante dispondrá de cinco horas para responder las 150 preguntas, en el primer día se explorarán tres áreas y en el segundo se exploraran otras tres áreas, durante un tiempo de 5 horas. Asimismo dispondrá de dos horas para resolver las pruebas psicométricas.

Art. 28.- La prueba de conocimiento a aplicarse será única y el tipo de preguntas serán de selección múltiple. Para cada pregunta se establecen cinco alternativas como posibles respuestas siendo sólo una la respuesta correcta. De cierto o falso. El postulante debe marcar en la tarjeta de respuestas la que considere ser la verdadera.

Art. 29.- Los postulantes contestarán las preguntas de conocimiento de acuerdo a las materias del temario, las mismas que son ponderadas.

Art. 30.- La evaluación Psicométrica, se llevará a cabo de acuerdo a las características propias de las pruebas que se apliquen. Las pruebas utilizadas en el examen psicométrico explorarán las siguientes áreas:

1.- Personalidad,

2.- Intereses vocacionales,

3.- Capacidad intelectual,

4.- Valores,

5.- Adaptación social.

Para las pruebas psicométricas no es necesario preparación previa.

 

TITULO VI

DEL PROCESO DE ADMISIÓN

 

Art. 31.- El proceso de admisión tendrá las siguientes etapas:

1.- Reunión del Comité de Admisión y elaboración de cronograma, estrategias, requisitos y procedimientos;

2.- Publicación de convocatoria;

3.- Inscripción al  examen de admisión;

4.- Examen de Admisión:

4.1. Evaluación psicométrica, y entrevista en caso que corresponda.

4.2. Examen de conocimientos.

5.- Tabulación, análisis y dictamen;

6.- Publicación de resultados.

Art. 32.- Para tener acceso a rendir las pruebas, el postulante deberá identificarse previamente mediante la identificación expedida para tal efecto por la Coordinación de Servicios Escolares. No se le admitirá si la identificación acusara alguna alteración, borrones o suplantación de fotografía.

Art. 33.- Para garantizar la ejecución del examen, todo el ámbito del local es controlado en forma estricta, para cuyo efecto, la Comisión de Admisión designa subcomisiones:

1.- De control de entrada y salida del local;

2.- De coordinación y vigilancia de aulas, y

3.- De seguridad

Art. 34.- El Coordinador Académico de la Escuela de Medicina, de la ULM, da fe del acto del Examen de Admisión.

Art. 35.- Los postulantes deben presentarse en el lugar y hora señalada para rendir las pruebas de admisión. La prueba empezará a la hora determinada para tal efecto en todas las aulas de los diferentes locales, sedes. En caso de llegar tarde o no presentarse, perderán todo derecho. No habrá exámenes rezagados.

Art. 36.- El postulante no podrá abandonar el lugar de la prueba de Admisión durante el desarrollo de la misma.

Art. 37.- Los postulantes sólo llevarán al aula: lápiz, borrador y calculadora en caso de requerirse: por ningún motivo se permitirá llevar consigo libros, cuadernos, calculadora con agenda electrónica y otros objetos.

Art. 38.- Al postulante que en el momento de la prueba se le sorprendiera con algún plagio o cometiendo alguna irregularidad se le anulará la evaluación, sin opción a reclamo alguno.

 

TITULO VII

DE LAS SANCIONES A LOS POSTULANTES

 

Art. 39.- El postulante que incurriera en alguna infracción, debidamente comprobada por la Comisión de Admisión, se hará acreedor a la sanción respectiva en los casos siguientes:

1.- La suplantación se sancionará con la suspensión inmediata del examen y la inhabilitación para estudiar en la Escuela de Medicina o cualquier otra Escuela o Facultad de la ULM, poniéndose al suplantador a disposición de las autoridades pertinentes;

2.- Los actos de desacato, violencia, coacción o injuria a las autoridades, personal docente o administrativo de la Universidad, antes, durante o después del Examen de Admisión, anulará la prueba del postulante infractor, perdiendo todo derecho;

3.- El diálogo o ayuda por otro postulante en la solución de la prueba, se sancionará con la anulación del Examen;

4.- Cualquier otro medio o acción que distorsionen el proceso de examen de Admisión serán sancionadas de acuerdo a la Ley y el Reglamento de Evaluaciones de los Alumnos y/o la normatividad supletoria que corresponda.

Art. 40.- El docente encargado de la elaboración de la prueba, control y supervisión, durante el desarrollo del examen se hará acreedor a las sanciones pertinentes si cometiera infracciones en los siguientes casos:

1.- Si divulgan las preguntas, éstas serán anuladas y los responsables serán sancionados de acuerdo a las leyes vigentes. En este caso, la Comisión de Admisión, fijará nueva fecha para el examen;

2.- Si ayudara verbalmente o por escrito a los postulantes en la solución de las pruebas, en este caso, el examen del postulante será anulado y al responsable se le aplicará las sanciones pertinentes;

3.- Asimismo, se consideran infracciones, la inasistencia, el incumplimiento y la falta de honestidad, actos que serán sancionados de acuerdo con la gravedad de la falta.

Art. 41.- La Comisión de Admisión, es responsable de informar a la Junta Académica sobre las infracciones cometidas por los postulantes, docentes y el personal de apoyo, antes, durante o después del proceso del Examen de Admisión para la sanción pertinente, previo proceso administrativo.

 

TITULO VIII

DEL EXAMEN MEDICO

 

Art. 42.- Los alumnos que ingresen a las Licenciaturas a merced del examen de Admisión, se someterán al examen médico. Para tal efecto se establecerá el correspondiente rol.

Art. 43.-  Si el resultado del examen médico fuera desfavorable el ingresante no podrá seguir sus estudios hasta que esté en condiciones óptimas, siendo el plazo máximo de un año académico, reservándose su matrícula por ese término.

 

TITULO IX

DE LA TABULACION DE LAS PRUEBAS

 

Art. 44.- Las pruebas una vez que fueron recolectadas y ordenadas serán trasladadas por el Coordinador de Innovación y Desarrollo Educativo para su revisión y respectiva calificación, la cual se efectuará en presencia del Director Académico, el Coordinador Académico y el Coordinador de Servicios Escolares.

Art. 45.- Una vez que se tengan las tabulaciones, estas serán vaciadas en la base de datos que previamente se efectuó de los alumnos candidatos y que contienen su ficha de identificación, historial académico y valoración Psicométrica y se hará su tabulación.

 

TITULO X

ANÁLISIS Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

 

Art. 46.- Los datos una vez concentrados en su base, serán tabulados y procesados por el Director Académico ante la presencia de dos de los integrantes de la Comisión de Admisión. Una vez realizado este proceso se convocará a la Comisión de Admisión en pleno para revisar los resultados y analizarlos así como su impacto en los programas académicos.

Art. 47.- La Comisión en pleno determinará los alumnos y su número que hayan sido elegidos de acuerdo a sus meritos alcanzados por su evaluación, para su designación y publicación de los resultados.

Art. 48.- El Director Académico podrá someter a consideración ante la Comisión de Admisión algunos casos que sean de considerar, por situaciones excepcionales o especiales y que sean factibles de observar de acuerdo a la normatividad de la ULM y de la Universidad de Guanajuato. Y que no alteren en su funcionamiento en forma impactante los programas académicos.

Art. 49.- El resultado del Examen de Ingreso es inapelable y será publicado dentro de las 72 horas posteriores al examen, mediante listados que se exhibirán en el oficina de servicios escolares y se comunicarán a los postulantes que aprobaron, por vía telefónica y electrónica (internet)

Art. 50.- No se concederá revisión de exámenes a los alumnos que lo realizaron ya que este es del dominio interno y se utiliza como evaluación de discriminación y por el número de solicitantes.

"AGE QVOD AGIS"

Ultima Actualizacion ( 2009-03-03 12:47:33 )