Page 37 - Revista ULM enero 2020
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lucha contra toda discriminación basada en el sexo.25 Lo 37
que establece el artículo primero de esta Ley, es que debe
existir igualdad de oportunidades en todos los sectores
sociales, incluyendo cuestiones laborales para así lograr
terminar con la discriminación en todos los ámbitos. En
este sentido, se está de acuerdo con lo establecido en la
ley, pero es otra ley mexicana que nuevamente carece de
información referente a las sanciones o penas para las
personas que realicen actos discriminatorios, al igual que
para las organizaciones y la Carta Magna mexicana.
Por su parte, el periódico El Financiero menciona que, en
México, sólo 7.6 por ciento de las empresas tienen a una
mujer al frente de su administración. De esta manera, este
nivel se encuentra por debajo de la media internacional,
que es del 8 por ciento, dándolo a conocer un estudio de
la consultora Strategy llamado “Directores generales, la
posición del sexo femenino en 10 años.”26 México está
por debajo, siendo preocupante ya que hay otros países
en menor desarrollo que tienen como líder a una mujer
dentro de una empresa. En la misma página, El Financiero
comenta que México está en desventaja con otros países
latinoamericanos siendo el caso de Colombia, donde
tiene que haber un 50% de trabajadoras en posiciones
directivas; o Kuwait, con 40 por ciento.27 En otros países
se considera más a las mujeres para ocupar puestos
administrativos en las empresas, dándoles confianza para
que sean líderes.
25 Ley General para la igualdad entre mujeres y hombres, 2017, Disponible en: https://
www.gob.mx
26 Disponible en: http://www.elfinanciero.com.mx, 2017.
27 Ibid
revista de la Universidad Latina de México